Verano y mascotas: qué pueden hacer legalmente bares y restaurantes
26 de agosto de 2026
Verano y mascotas: qué pueden hacer legalmente bares y restaurantes
Con la llegada del verano, las terrazas, cafeterías y restaurantes se convierten en uno de los principales puntos de encuentro para quienes desean disfrutar del tiempo libre junto a sus mascotas. Sin embargo, una pregunta sigue generando dudas entre clientes y establecimientos: ¿puede un bar o restaurante prohibir la entrada de perros?
La respuesta no es absoluta. La normativa vigente reconoce un margen de decisión a los establecimientos, pero también establece determinadas obligaciones que conviene conocer tanto para los propietarios de negocios como para las personas usuarias.
La entrada de mascotas no es obligatoria para los establecimientos
La Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, permite que bares, cafeterías, restaurantes y otros establecimientos de hostelería admitan animales de compañía en las zonas destinadas al público, siempre que no exista riesgo para las personas, otros animales o las instalaciones.
No obstante, la norma no obliga a aceptar mascotas. Cada establecimiento puede decidir libremente si permite o no su acceso, respetando en todo caso la normativa sanitaria y las posibles ordenanzas municipales aplicables.
La prohibición debe comunicarse de forma visible
Uno de los aspectos más relevantes de la regulación es que los locales que decidan no admitir animales no pueden aplicar esa prohibición de forma improvisada o discrecional.
La ley exige que la restricción se informe mediante un distintivo visible desde el exterior del establecimiento, de manera que las personas usuarias conozcan previamente la política de acceso antes de entrar al local.
Esta obligación cobra especial importancia durante los meses de verano, cuando aumenta la presencia de mascotas en espacios públicos y terrazas.
Las personas propietarias también tienen obligaciones
Cuando el establecimiento permite la entrada de animales, sus responsables deben garantizar que estos permanezcan en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas y cumplan las medidas de seguridad establecidas por el local.
La convivencia entre clientes y mascotas exige, por tanto, un equilibrio entre el derecho de acceso y el respeto a las normas internas del establecimiento.
Las sanciones pueden alcanzar los 10.000 euros
La falta de señalización cuando existe una prohibición de acceso puede tener consecuencias económicas.
La Ley 7/2023 considera esta conducta una infracción leve, lo que puede dar lugar a sanciones que oscilan entre los 500 y los 10.000 euros, además de otras medidas previstas en la normativa.
Qué deben tener en cuenta los negocios este verano
La temporada estival suele incrementar la afluencia de clientes acompañados de mascotas, especialmente en zonas turísticas y terrazas al aire libre. Por ello, resulta recomendable que los establecimientos revisen si su política de acceso está correctamente comunicada y adaptada a la normativa vigente.
Más allá de la decisión de admitir o no animales, la clave está en garantizar que las reglas sean claras, visibles y conocidas por las personas usuarias, evitando así conflictos que pueden acabar derivando en reclamaciones o procedimientos sancionadores.
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