El Gobierno actualiza los baremos del turno de oficio e incorpora compensaciones para los MASC
26 de octubre de 2026
El Gobierno actualiza los baremos del turno de oficio e incorpora compensaciones para los MASC
El Real Decreto 824/2026, de 14 de octubre, actualiza las compensaciones económicas que perciben abogados y procuradores por las actuaciones realizadas en el marco de la asistencia jurídica gratuita. La norma, publicada en el BOE el 15 de octubre, modifica el Reglamento aprobado por el Real Decreto 141/2021 y sustituye sus anexos II y III.
La reforma introduce módulos específicos para los medios adecuados de solución de controversias (MASC), actualiza las cuantías de distintos procedimientos judiciales y revisa las reglas para el cobro de las indemnizaciones. La nueva regulación entrará en vigor el 16 de octubre de 2026.
Los MASC tendrán una compensación del 125 % si hay acuerdo
Una de las principales novedades es la compensación específica por la asistencia letrada prestada en los MASC que permiten cumplir el requisito de procedibilidad establecido por la Ley Orgánica 1/2025.
Cuando la negociación termine con acuerdo, se abonará el 125 % de la cuantía aplicable al procedimiento. Si no se alcanza un acuerdo, la compensación será de 30 euros.
La misma cuantía del 125 % se aplicará a las transacciones extrajudiciales y a la conciliación previa laboral que finalice con acuerdo. En el caso de las transacciones extrajudiciales, el porcentaje anterior era del 75 %.
Nuevas cuantías para los procedimientos judiciales
El real decreto actualiza los módulos de distintas jurisdicciones. En el ámbito penal, las principales cuantías son las siguientes:
Procedimiento penal de especial complejidad: 600 euros.
Procedimiento penal general: 400 euros.
Procedimiento abreviado: 291,60 euros.
Procedimiento ante el tribunal del jurado: 438,14 euros.
Juicios por delitos leves: 102,06 euros.
En los procedimientos penales de especial complejidad podrán añadirse 32,15 euros por cada 250 acontecimientos, otros 32,15 euros por cada cinco comparecencias a partir de la quinta y 91,13 euros por cada día de vista desde el tercero.
En el resto de jurisdicciones, el juicio ordinario civil se compensa con 346,53 euros y el juicio verbal con 218,70 euros. En familia, las cuantías son de 291,60 euros para el juicio contencioso completo y de 174,96 euros para el procedimiento de mutuo acuerdo.
En el orden contencioso-administrativo, el recurso general se fija en 257,04 euros y el tramitado ante la Audiencia Nacional en 269,56 euros. En la jurisdicción social, el procedimiento íntegro asciende a 171,35 euros y el recurso de suplicación a 93,46 euros.
Para la procura, se establecen, entre otros importes, 43 euros para los procedimientos penales, 100 euros para los de especial complejidad y 35,04 euros para los civiles.
Refuerzo de la asistencia a víctimas vulnerables
La reforma incorpora módulos para la asistencia inmediata a víctimas de violencia de género, terrorismo y trata de seres humanos, así como a personas con discapacidad necesitadas de especial protección y a mujeres y menores víctimas de delitos contra la libertad sexual.
Las compensaciones previstas son de 87,63 euros por la disponibilidad sin intervención durante la guardia y por el asesoramiento previo sin otra actuación, dentro de los límites establecidos. Cuando la intervención incluya la formulación de denuncia o, cuando proceda, la solicitud de una orden de protección, el importe será de 131,22 euros.
Asimismo, se adapta el reglamento para reconocer la asistencia jurídica gratuita en el orden penal a determinadas personas jurídicas que deban contar con defensa letrada y, en su caso, representación procesal por requerimiento judicial, siempre que concurran las circunstancias económicas o concursales previstas legalmente.
Cómo se devengarán las compensaciones
Como regla general, el 70 % se devengará cuando se acredite el hito procesal correspondiente y el 30 % restante cuando se presente la sentencia o resolución que ponga fin a la instancia.
En los MASC se tramitará un único expediente y el pago se realizará tras aportar el documento que acredite si se ha alcanzado un acuerdo. Otras actuaciones, como las transacciones extrajudiciales, la insostenibilidad de la pretensión, las salidas a centros penitenciarios y la vía administrativa previa en extranjería y asilo, tendrán reglas específicas de devengo íntegro.
El real decreto deroga expresamente la Orden PJC/281/2025, de 21 de marzo, y las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la nueva regulación.
Esta web usa cookies propias y analíticas. Al seguir navegando, usted acepta el uso que hacemos de estas. Puede cambiar la configuración de las cookies en cualquier momento.